El Llanquihue

¡A reformar la Ley Lafkenche!

Por: Joaquín Sierpe

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Espacio Costero Marítimo

La Ley Lafkenche se tomó la agenda económica del sur de Chile.

La consecuencia directa de su aplicación no tiene punto de comparación en la legislación chilena: cuando una comunidad indígena solicita un Espacio Marino Costero de Pueblos Originarios (Ecmpo), toda solicitud de afectación para otros fines en el espacio solicitado, como concesiones de acuicultura o marítimas, queda suspendida.

Si se cumplieran los plazos que la ley establece para el otorgamiento de un Ecmpo, no debería pasar más de un año hasta la publicación de su decreto de destinación marítima. ¿El problema? Las solicitudes de Ecmpo aprobadas hasta la fecha promediaron casi seis años en tramitación, paralizando por años distintos proyectos de inversión.

La propuesta

Desde Pivotes elaboramos el documento «Propuesta de Reforma a la Ley Lafkenche», en el cual sugerimos una serie de cambios a esta legislación para dar soluciones de mediano y largo plazo a sus efectos nocivos, sin desvirtuar su espíritu. Por lo demás, estas propuestas buscan impedir que sus defectos de diseño y aplicación se extiendan a otras latitudes y sectores económicos de Chile.

Dentro de dichas reformas, proponemos implementar un examen de suficiencia previo al inicio de la tramitación de un Ecmpo, con el fin de verificar que las solicitudes tengan mérito jurídico para ser analizadas, evitando así el uso de este instrumento para fines distintos al de la protección de usos consuetudinarios, y la suspensión innecesaria de otras solicitudes de uso en el espacio.

Además, sugerimos que el inicio de dicha suspensión comience una vez verificado el uso consuetudinario del Ecmpo por parte de Conadi. Esto es lógico si el espíritu de la legislación es preservar el uso que las comunidades indígenas le dan al borde costero, por lo que detener todo trámite en dicho espacio sin haber realizado la respectiva verificación es una consecuencia excesiva.

De igual manera, es pertinente establecer una caducidad de un año para que las solicitudes de afectación sobre la solicitud de Ecmpo puedan estar suspendidas, desde que se verifica el uso consuetudinario. Así se reduciría la incertidumbre respecto de proyectos de inversión que son pausados por períodos excesivamente largos.

Será infértil hacer modificaciones a la verificación del uso consuetudinario si Conadi no tiene las capacidades de procesar cada una de las solicitudes. Dicha verificación debería tomar un mes desde el oficio de Subpesca, pero los Ecmpo que terminaron este proceso promediaron más de dos años en verificación. En consecuencia, proponemos fortalecer las capacidades de Conadi, dotándola del presupuesto y personal necesario para poder cumplir los plazos legales.

Esta ley lleva demasiado tiempo siendo un obstáculo para la inversión en el sur de Chile y ha sido aprovechada por terceros que no tienen interés en proteger el legítimo uso que las comunidades indígenas le dan a la costa.

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