LA TERCERA

Dictámenes que petrifican el empleo público

Por: Alicia de la Cruz

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El gobierno acordó con los empleados públicos un reajuste del 12% más la aplicación de la reducción de jornada a 40 horas. Esto, sumado al efecto de los dictámenes de la Contraloría que bloquean la posibilidad de poner término a un vínculo laboral con el Estado, dejan el empleo público en una situación ventajosa: reajuste salarial, menos horas de trabajo y estabilidad blindada.

El bloqueo a la terminación laboral en el empleo público data del 2016, cuando el Contralor se valió de la potestad que le confiere la Constitución y la ley como intérprete de la legislación administrativa, para derogar, modificar y sustituir normas a partir de principios jurídicos. En efecto, a través de sucesivos dictámenes, el Contralor General de la República redefinió el empleo público, con los naturales costos que implica tapar un hoyo haciendo otro. La culminación de su legado en esta materia se dio en noviembre de 2021 cuando dicto el instructivo (Dictamen 156769/21) en que consolidó su doctrina en virtud de la cual, tras dos renovaciones de una contrata, el funcionario queda protegido por el principio de confianza legítima, haciéndose casi imposible terminar con su servicio.

Invocando el principio de confianza legítima, ajeno al ordenamiento estatutario, a la ley de bases de procedimientos administrativos y a la ley orgánica general de bases de la Administración, el Contralor consolidó una interpretación en virtud de la cual, la ley dice lo que no dice. Pero si se iba a ordenar la totalidad de la política pública relativa al empleo público, había que apuntar a los honorarios. Entonces, en enero del 2022 instruye (dictamen 173171/22) que los honorarios que cumplen funciones habituales en un servicio, llevando dos años en el cargo, al 2023 o pasaban a contrata o debían irse. Para ello invocó el principio de primacía de la realidad, de uso común en el derecho laboral. De esta forma, los honorarios pasan a contrata y, como se suman los años servidos, quedan protegidos por la confianza legítima prácticamente inamovibles. Los que se van, pueden recurrir a la corte que los asimila a código del trabajo sentenciando indemnizaciones; tal vez, la mejor solución.

Es cierto que se había hecho frecuente una práctica ilegal de contratar gente a honorarios para realizar labores habituales, como los planta y contrata, pero la solución fue, otra vez, más allá. Ya es malo que una persona se pueda sentir tan protegida en su puesto que hasta pueda decidir evadir el trabajo; pero, además, hay que sumar las trabas legales y los costos de esta instrucción. Legalmente, las contratas no pueden superar un 20% en la administración central y un 40% en la municipal. Limite que, a través de otro dictamen, el Contralor autorizó para superar por un tiempo. Es decir, algo así como, no se preocupe, por un tiempo es posible no cumplir con la ley.

En cuanto a los costos financieros, un reciente estudio realizado por la Universidad Andrés Bello concluyó que la puesta en marcha de la medida generaría un desembolso neto de entre 280 millones de dólares en una estimación conservadora, y de 370 millones de dólares en un escenario menos conservador, calculado a partir de los trabajadores a honorarios reportados por la Dipres y el Sistema Nacional de Información Municipal.

Al contralor se lo obedece sin dudarlo, así que estos instructivos tienen un verdadero efecto de ley. No resulta extraño entonces que la rebelión a los dictámenes llegara por a través de la ley de presupuesto. En efecto, el Congreso aprobó un artículo 15 que autoriza a renovar y reemplazar personal a honorarios sin los límites legales que los estatutos establecen, lo que se incluyó para las municipalidades en la ley de reajuste del sector público.

En lo ya aprobado para el sector central se podrán renovar todos los honorarios que cumplían labores habituales (no obstante, el estatuto lo prohíbe) y despedir y reemplazar a quien esté en esa situación laboral. Así, tras dos años, deben ser traspasados a una contrata protegida.

Los dictámenes que rebasan la ley y la reacción a los mismos a través de normas transitorias son malas respuestas para la necesaria reforma del empleo público en Chile. Los remedios pasan a ser peores que la enfermedad porque son un parche sin sustento. En derecho, las cosas se deshacen o modifican de la misma forma cómo se hacen. La ley se reforma por ley y no por dictamen.

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