La Tercera

Reforma incorrecta al empleo público

Por: Juan Francisco Galli

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Señor director:

Durante octubre, la Corte Suprema entregó señales contradictorias respecto a los derechos de los funcionarios a contrata del sector público. Por un lado, confirmó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que señalaba que el principio de la confianza legítima no se encontraba consagrado legalmente y, por lo tanto, no era exigible judicialmente. En el mismo mes, la misma sala reafirmó la aplicación del principio que transforma en permanentes a funcionarios que cumplen funciones temporales.

Ante estas contradicciones, los parlamentarios del PC y el PS, Luis Cuello y Leonardo Soto, presentaron lo que sería una absurda solución al problema: consagrar legalmente el principio de la confianza legítima. Es decir, en vez de reconocer que existe un serio problema en el Estado con los funcionarios públicos, asumir que el sistema actual hizo de la excepción la norma y que no hay incentivos al mérito y la evaluación de desempeño, los diputados optaron por lo fácil: perpetuar la disfuncionalidad.

La alternativa está sobre la mesa hace ya años. Lo dijeron expertos de diversos sectores en el Consorcio para la Reforma del Estado en 2009, y lo hemos reiterado desde distintos espacios, incluyendo una propuesta de reforma al empleo público desde Pivotes.

Sabemos que los tiempos de elecciones empujan a buscar nichos de grupos de interés para sacar ventaja, pero Chile merece avanzar en una reforma al empleo público largamente postergada.

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