Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:
Presentación del caso a optimizar
Los postulantes a subsidios habitacionales del MINVU (asociados a los instrumentos DS. 19, DS. 49 y DS. 1) deben presentar una y otra vez los mismos documentos ante cada programa al que postulan y en cada llamado, tales como cédula de identidad, certificados de nacimiento, liquidaciones de sueldo y certificados de no propiedad. Esto pese a que reparticiones públicas (SII, Servicio de Registro Civil, Conservador de Bienes Raíces, SUSESO ) poseen ya estos datos en sus sistemas.
Por supuesto, la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos ya consagra el derecho a eximirse de presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración del Estado. En el papel, esto significa que los servicios públicos no debieran solicitarte certificados, copias de resoluciones u otros antecedentes si fueron emitidos por el mismo Estado o si ya constan en sus registros. En los hechos, sin embargo, los subsidios habitacionales son un caso de tantos en los que los canales para que fluya la información no han sido construidos, y en consecuencia la ley simplemente no se respeta.
Propuesta de optimización
Mandatar la creación de “las tuberías” para que fluya la información y respetar así la Ley N° 19.880. Ello se consigue mediante la creación de un perfil de postulante único en el portal del MINVU, alimentado por el SII (renta), el Registro Civil (estado civil, nacimientos), el Conservador de Bienes Raíces (propiedad) y la SUSESO (datos previsionales), de modo que la información requerida del ciudadano se obtenga del cruce de datos y no sea necesario presentar documentos en papel.
Modificación específica
Añadir en la Ley general de Urbanismo y Construcción el siguiente artículo transitorio nuevo:
Créase el registro unificado de postulantes a subsidios habitacionales. Dentro de seis meses desde la publicación de esta ley, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo creará una plataforma única con toda la información requerida de los postulantes a subsidios habitacionales que ya se encuentra en poder de la Administración del Estado. Los organismos cuya información sea requerida para la conformación y normal funcionamiento de esta plataforma no podrán aducir limitantes de gestión o de presupuesto para cumplir con este mandato. Una vez que la plataforma se encuentre en funcionamiento, los funcionarios públicos no podrán en caso alguno solicitar a los postulantes documentación disponible en ella.
Experiencia internacional
Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.
Sin información por el momento.
Estatus
¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?
Sin información por el momento.
¿Cómo ayudar?
Si compartes el anhelo de concretar esta propuesta, te contamos cómo ayudar.
Escribe a agilizodromo@pivotes.cl