Prescindir de permiso para exportar especies incluidas en la convención CITES cuando no se exportan especímenes íntegros

Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:

En validación
Validada

Presentación del caso a optimizar

Chile ratificó la Convención Sobre El Comercio Internacional De Especies Amenazadas De Flora Y Fauna Silvestre (CITES). En virtud de esta adscripción, la exportación de cualquier especímen de especies incluidas en la convención requiere de un permiso expedido por la autoridad administrativa. Razonable, pero deja de serlo cuando el permiso es exigido también para la exportación solo de partes de un especímen que no afectan su integridad, tales como semillas o muestras de células utilizadas para investigación. Investigadores del área de biotecnología deben, por ejemplo, solicitar autorización de CONAF para exportar tan solo células con fines de investigación de especies protegidas, aun cuando el texto de la CITES no hace referencia a células, ni a semillas.

Propuesta de optimización

Explicitar que este permiso no será necesario si es que el objeto a exportar no afecta la integridad del especímen en cuestión, que permanece en territorio nacional.

Modificación específica

Añadir al final del literal a) del artículo 4° de la Ley 20.962:

Dichos permisos y certificados no serán exigidos si los artículos a comerciar son solo componentes de especímenes, cuya extracción no comprometen su integridad, tales como semillas o muestras de células con fines de investigación.

Se aliviana la carga burocrática para quienes exportan este tipo de productos, y la carga de revisión y emisión de certificados por parte de la autoridad.

El riesgo aparente es que inescrupulosos aprovechen esta relajación en la regulación para exportar sin permiso componentes que sí dañan la integridad de los especímenes. Sin embargo, es muy improbable que se de la hipótesis de una institución o persona que hoy esté exportando en forma legal componentes que sí dañan especies amenazadas y que a partir de esta modificación comiencen a hacerlo “en negro”. De partida, es improbable que obtengan permisos si se constata tal daño. Más aun, las autoridades que estaban expidiendo esos permisos estarían perfectamente enteradas y advertirían el cambio de comportamiento. Quienes hoy exportan componentes que dañan especies lo hacen fundamentalmente en forma ilegal, y con el cambio legal no les cambiará el escenario.

Experiencia internacional

Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.

Sin información por el momento.

Estatus

¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?

Sin información por el momento.

¿Cómo ayudar?

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Escribe a agilizodromo@pivotes.cl

Un comentario

  1. En la Asociación de Empresas Biotecnológicas de Chile (EMBIO) cuentan que uno de sus socios, que cultiva en laboratorio células de alerce, enfrenta insólitas barreras.
    “Como es un árbol protegido en el país, cada vez que deben exportar sus productos, tienen que pedir una autori- zación a Conaf. Esto, a pesar de que lo que exportan no son árboles, sino compuestos, células cultivadas. Pero la regulación lo toma como que fuera parte del árbol y el proceso se ralentiza muchísimo”, explica Janet Torres, directora ejecutiva de Embio.
    “Para poder comercializar, o se tienen que meter en zonas grises o simplemente están trabados, lo que les genera incertidumbre. No saben si van a poder avanzar, incluso cuando tienen beneficios claros como, por ejemplo, semillas que pro- ducen mejores frutos o productos que alargan vidas útiles de carnes o productos vivos”, detalla la experta.
    Añade que esto además complica el acceso a recursos de las startups biotech: “Es difícil anticipar si el producto va a cumplir con la normativa o cómo va a quedar clasificado. Eso impacta directo en el financiamiento, ya que hay proyec- tos de I+D en universidades y también en las empresas que quedan detenidos porque no hay certeza”.

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