Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:

En validación
Validada

Presentación del caso a optimizar

El espectro radioeléctrico es un bien de uso de público escaso, que el Estado concesiona a terceros. Con el objetivo de evitar que las asignaciones sean subutilizadas en desmedro de otros concesionarios potenciales que podrían aprovecharlas de mejor manera, la autoridad exige planes de uso efectivo y eficiente, que luego esta debe evaluar aprobar. Se trata de un esfuerzo burocrático innecesario tanto para el concesionario que debe realizarla como para la autoridad que debe evaluarla, así como de lapsos de dilación también innecesarias, porque las empresas concesionarias son hoy deficitarias de espectro radioeléctrico para cumplir sus funciones. En Chile cada operador dispone de 175 MHz, en comparación con un promedio OCDE de 291 MHz. Los operadores no necesitan explicar en detalle el uso eficiente que darán, porque la realidad operativa los fuerza, por las dinámicas intrínsecas de mercado, a exprimir al máximo el escaso espectro del que disponen. La norma hoy vigente es comparable a exigirle a las líneas aéreas un uso eficiente de las rutas asignadas, en circunstancias de que la médula de su negocio y de la rentabilidad es precisamente ese, sin necesidad de reporte alguno.

Propuesta de optimización

Eliminar la exigencia de planes de uso efectivo y eficiente del espectro radioeléctrico.

Modificación específica

Añadir el siguiente artículo a la Ley 18.168:

Los concesionarios de servicio público de telecomunicaciones no estarán obligados a presentar, obtener aprobación ni ejecutar planes de uso efectivo y eficiente del espectro radioeléctrico, salvo que tal exigencia se establezca de manera expresa por una ley. Ninguna autoridad administrativa ni tribunal podrá imponer, con carácter general y obligatorio, dicha exigencia mediante sentencias, resoluciones o actos administrativos distintos de la ley. En consecuencia, carece de efectos generales y obligatorios, y no será exigible ni oponible por esa sola vía, la obligación impuesta en la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 181 2020 que dispone exigir a los asignatarios de frecuencias, en todo concurso que implique una concesión de uso de espectro, la presentación, aprobación y ejecución de un plan de uso efectivo y eficiente del espectro, así como las consecuencias de cesión de uso, desinversión o devolución de frecuencias asociadas al eventual incumplimiento de dicho plan. La Subsecretaría de Telecomunicaciones y los órganos de la Administración se abstendrán de incorporar, exigir o aplicar esa obligación por el solo mérito de dicha sentencia, sin perjuicio de lo que establezcan las leyes vigentes. La Subsecretaría de Telecomunicaciones o cualquier persona natural o jurídica con interés legítimo podrá solicitar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 N° 2 y 31 del decreto ley N° 211, que declare la falta de efecto general y la no exigibilidad señaladas en el inciso precedente, por tratarse de una regulación general y obligatoria propia de la ley. Lo dispuesto en este artículo no afecta la ejecutoriedad ni el cumplimiento de sentencias firmes y ejecutoriadas dictadas en procedimientos contenciosos, en cuanto produzcan efectos exclusivamente respecto de las partes y hechos sometidos a su conocimiento. En subsidio, cada concesionario deberá informar los tráficos cursados en las distintas bandas, y las inversiones que se han realizado en cuanto a montos, tipos de infraestructura y tecnología en los últimos 3 años. Subtel deberá velar por que exista un uso competitivo de las concesiones, y tendrá la facultad, usando la información anterior, de iniciar una demanda ante el TDLC por conductas contrarias a la libre competencia, como acaparamiento u otras conductas infraccionales similares

Eliminación de trabajo innecesario para operadores y reguladores, y eliminación del plazo asociado a la elaboración, evaluación y aprobación de los planes.

No se han detectado riesgos.

Experiencia internacional

Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.

Sin información por el momento.

Estatus

¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?

Sin información por el momento.

¿Cómo ayudar?

Si compartes el anhelo de concretar esta propuesta, te contamos cómo ayudar.

Escribe a agilizodromo@pivotes.cl

Ayúdanos a pulir, descartar o validar esta propuesta mediante aclaraciones y/o rectificaciones.

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