Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:
Presentación del caso a optimizar
Todas las personas que se encuentren domiciliadas en el exterior, ya sea chilenos o extranjeros, que proyecten expediciones en una zona fronteriza requieren autorización de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, DIFROL. El permiso de DIFROL se otorga en función del lugar de domicilio del expedicionario y no de su nacionalidad o país de origen. Si bien el trámite no es particularmente engorroso y puede realizarse vía online, se solicita gran cantidad de información y, lo más importante, puede implicar el fracaso total de una expedición si es que los miembros no estaban enterados de la existencia de un trámite. Se trata de un requerimiento muy inusual, por completo ajeno a la cultura de la inmensa mayoría de los turistas que practican montaña (en especial europeos) por lo que al planear una expedición es difícil que se venga a la cabeza cerciorarse de si acaso se requiere algo así. Además, se debe presentar el plan de la expedición con al menos 20 días de antelación, y luego se debe esperar la respuesta de DIFROL, plazos que impiden a un turista entusiasmarse e improvisar. La norma fue dictada en 1970, en una época de escasa actividad de montaña y de niveles muy reducidos de turismo, y en la que aún existía la ilusión de que Chile podía mantener una frontera más bien hermética. Hoy, con miles de ingresos clandestinos a lo largo de la frontera norte, esta regulación es a todas luces obsoleta.
Propuesta de optimización
Derogar la exigencia.
Experiencia internacional
Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.
Sin información por el momento.
Estatus
¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?
Sin información por el momento.
¿Cómo ayudar?
Si compartes el anhelo de concretar esta propuesta, te contamos cómo ayudar.
Escribe a agilizodromo@pivotes.cl