Mantener vigente durante un año los concursos de ADP
Con el aporte de

Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:
Presentación del caso a optimizar
El procedimiento concursal del sistema de Alta Dirección Pública es necesario, pero muy costoso en términos de tiempo y recursos. En ocasiones, la persona que finalmente resulta escogida dura muy poco en el cargo, porque no era lo que esperaba, el equipo no le acomoda, etcétera. En tales casos, se debe repetir todo el procedimiento.
Propuesta de optimización
Permitir que los resultados del concurso se mantengan vigentes durante un año, de manera de permitir “que corra la lista” sin mayor trámite.
Modificación específica
Añadir el siguiente artículo 8° bis a la Ley Nº 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO:
Los resultados del concurso al que hace referencia este artículo se mantendrán vigentes durante un año desde el momento en que se informa la asignación del puesto. En caso de que la persona que asumió el cargo muera, renuncie voluntariamente o sea cesada de sus funciones podrá nombrarse en su reemplazo a la persona que obtuvo el segundo lugar. En caso de que esta persona decline, podrá nombrarse a quien haya obtenido el tercer lugar. En el caso de que esta persona también decline, deberá llamarse a un nuevo concurso.
Experiencia internacional
Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.
Sin información por el momento.
Estatus
¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?
Sin información por el momento.
¿Cómo ayudar?
Si compartes el anhelo de concretar esta propuesta, te contamos cómo ayudar.
Escribe a agilizodromo@pivotes.cl