Vigencia de patente del profesional competente durante la duración de la obra

Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:

En validación
Validada

Presentación del caso a optimizar

En el proceso de tramitación de obras municipales exige la patente al día de los profesionales competentes a cargo (arquitectos, ingenieros estructurales y/o constructores según el caso). Estas patentes se pueden renovar en plazos tan breves como un año, y por tanto es habitual que a lo largo del proceso de la obra el documento que se entregó originalmente para acreditar la patente venza. Aun cuando del artículo 1.2.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se puede deducir que el espíritu de la ley es que baste con la vigencia al inicio de la obra, también puede ser interpretada de modo tal que un funcionario particularmente cauto exija una versión vigente si advierte en algún punto del proceso que la patente se encuentra vencida. Se ha dado el caso de municipios (Puchuncaví, por ejemplo) que exigen volver a acreditar la vigencia como requisito para seguir avanzando. Esta exigencia suele detener el trámite, y en algunos casos en que el profesional vive en otro sitio puede implicar un viaje considerable hasta el municipio en cuestión.

Propuesta de optimización

Despejar más allá de toda duda que una vez que se ha acreditado la patente al día, dicho documento será válido para los efectos de aquel trámite particular hasta su total ejecución.

Modificación específica

Añadir al final del inciso primero del artículo 1.2.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones:

La vigencia de la patente podrá ser exigida solo una vez a lo largo de la total tramitación de la obra para la cual fue solicitada. Ya cumplida esa exigencia, se entenderá como vigente hasta la recepción definitiva aún si nominalmente pierde vigencia durante el curso de la obra.

Disminuye la carga tanto para el arquitecto a cargo como para el municipio que debe procesar el trámite.

No se aprecian riesgos relevantes. Podría concebirse el caso límite de un profesional que decide ahorrarse el costo de la renovación de su patente y “salirse con la suya” de todas formas, pero solo le sería útil a quien decidiera que ya no trabajará más en todo el resto de su vida.

Experiencia internacional

Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.

Sin información por el momento.

Estatus

¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?

No se han identificado propuestas en este sentido.

¿Cómo ayudar?

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Escribe a agilizodromo@pivotes.cl

2 comentarios

  1. La patente se exige sólo una vez, al ingresar la solicitud, y debe estar vigente en esa fecha. Art. 1.2.1 OGUC.
    Si alguna municipalidad exige renovarla, lo hace sin sustento legal, y es muy poco común. En la práctica ese problema no existe.
    Las patentes son semestrales, y es más usual que algunas, equivocadamente, no la acepten el primer mes del semestre siguiente, estando aún vigente por ley.

    1. Apreciamos tu reflexión. Esta propuesta surge porque, en efecto, sabemos de casos de municipalidades que incurren en esta mala práctica (Puchuncaví, por ejemplo). El artículo 1.2.1. puede ser interpretado en el sentido que buscamos corregir. Hemos ajustado la redacción para reflejar lo que mencionas. Gracias!

Ayúdanos a pulir, descartar o validar esta propuesta mediante aclaraciones y/o rectificaciones.

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