Restringir admisibilidad de ECMPO ante el caso de solicitudes en trámite

Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:

En validación
Validada

Presentación del caso a optimizar

La Ley Nº 20.249 (Ley Lafkenche) señala que, para efectos de admisibilidad de una solicitud de espacio marino costero de pueblo originario, en caso de constatarse una sobreposición con concesiones de acuicultura, marítimas o áreas de manejo otorgadas que impidan absolutamente el otorgamiento corresponde una resolución denegatoria. En caso de que la sobreposición sea parcial, la Subsecretaría debe proponer al solicitante una modificación del área en cuestión. Es una norma razonable, pero que extrañamente no aplica a las concesiones y áreas de manejo que se encuentran aún en trámite, lo que viola el principio de precedencia cronológica.

Propuesta de optimización

Extender el mismo criterio de denegación ante superposición total o contrapropuesta en caso de superposición parcial a las solicitudes de concesión o áreas de manejo que se encuentren en tramitación en la zona reclamada.

Modificación específica

En el inciso segundo del artículo 7° de la Ley Nº 20.249 añadir a continuación de la expresión “otorgadas”, en cada una de sus apariciones, la expresión “o admitidas a tramitación”.


Mitiga una serio obstáculo hoy vigente a la realización de actividades vinculadas con el mar.

La propuesta dificulta que los genuinos espacios indígenas consuetudinarios sean otorgados.

Experiencia internacional

Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.

Sin información por el momento.

Estatus

¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?

Sin información por el momento.

¿Cómo ayudar?

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