Fase de validación de esta propuesta a juicio de Pivotes:

En validación
Validada

Presentación del caso a optimizar

La ley vigente garantiza la libre elección de proveedores de servicios de telecomunicaciones en loteos y edificios. Esta norma se ha interpretado en el sentido de que debe existir infraestructura física para que diferentes proveedores puedan incluir sus cables de fibra óptica. Cuando esta ley se dictó tenía sentido tal interpretación, pero a medida que el tiempo avanza y la tecnología evoluciona el medio inalámbrico cobra cada vez más importancia, y en la gran mayoría de los casos puede suplir sin problemas la fibra óptica. Las empresas de telecomunicaciones han invertido sumas enormes en montar redes de 5G, y pronto de 6G, y la conexión satelital se volverá cada vez más común, pero la ley sigue exigiendo fibra óptica como si estuviésemos en 2005. En casos de loteos lejanos, por ejemplo, incluir necesariamente infraestructura para fibra óptica puede encarecer aún más el ya costoso acceso a la vivienda. Es importante considerar que conexión la inalámbrica puede ser suplida por cualquier teléfono inteligente en modo router (la solución más conocida y de bajo estándar), pero que también es posible instalar un router fijo de amplio alcance similar a los que se utilizan hoy con fibra óptica (la solución de alto estándar). Por supuesto, pese a estas alternativas muchos prefieren la fibra óptica, pero tal funcionalidad debiera ser un deseable como tantos otros asociados a un edificio o loteo (tales como estacionamiento o piscina) y no una exigencia legal que todos y cada uno debe cumplir. Este atributo debiera ser, como cualquier otro deseable, informado con plena transparencia a la hora de poner una propiedad a la venta, pero no exigible para todos sin distinción.

Propuesta de optimización

Admitir medios inalámbricos para efectos del cumplimiento legal del libre acceso a telecomunicaciones.

Modificación específica

Añadir la siguiente oración al final del inciso primero del artículo 7° ter de la Ley 18.168:

Tal exigencia podrá darse por cumplida tanto por medios alámbricos como inalámbricos.

En el algunos casos esta flexibilización puede reducir el costo de edificación de viviendas.

Sobre todo en el periodo inicial de la nueva regulación, se darían casos de personas que no procurarían informarse adecuadamente antes de adquirir o arrendar una vivienda, y que ya mudados se encontrarían con la ingrata sorpresa de que no es posible obtener conexión por fibra óptica. Con el tiempo, la sociedad integraría esta nueva realidad y procuraría informarse adecuadamente antes de comprar o arrendar.

Experiencia internacional

Legislaciones extranjeras que ya hacen con éxito esto o algo similar.

Sin información por el momento.

Estatus

¿Se ha hecho pública alguna propuesta? ¿En qué está?

Sin información por el momento.

¿Cómo ayudar?

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Escribe a agilizodromo@pivotes.cl

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